La Corte Suprema de EE. UU. Respalda a Facebook en caso de mensajes de texto no deseados

hace 3 años

La Corte Suprema de Estados Unidos rechaza una demanda contra Facebook bajo la ley anti-robocall

WASHINGTON (Mundo Informático) - La Corte Suprema de Estados Unidos facilitó el jueves a las empresas molestar a los consumidores con llamadas telefónicas o mensajes de texto al desestimar una demanda que acusa a Facebook Inc de violar una ley federal anti-robocall.

FOTO DE ARCHIVO: Se muestra un logotipo de Facebook en un teléfono inteligente en esta ilustración tomada el 6 de enero de 2020. REUTERS / Dado Ruvic / Foto de archivo

Los jueces, en una decisión de 9-0 escrita por la jueza Sonia Sotomayor, se pusieron del lado de Facebook por su argumento de que los mensajes de texto que envió la empresa de medios sociales no violaban una ley federal de 1991 llamada Ley de Protección al Consumidor Telefónico (TCPA).

El caso destacó el desafío para los jueces de aplicar leyes obsoletas a las tecnologías modernas. El fallo provocó pedidos para que el Congreso de los Estados Unidos actualice la ley, promulgada hace tres décadas para frenar el abuso del telemercadeo al prohibir la mayoría de las llamadas automáticas no autorizadas.

"Al reducir el alcance de la TCPA, el tribunal permite a las empresas la capacidad de agredir al público con una ola ininterrumpida de llamadas y mensajes de texto no deseados, las 24 horas del día", dijeron el senador demócrata Edward Markey y la representante demócrata Anna Eshoo en un comunicado. declaración.

El tribunal dictaminó que las acciones de Facebook, enviar mensajes de texto sin consentimiento, no encajaban dentro de la definición técnica del tipo de conducta prohibida por la ley, que fue promulgada antes del surgimiento de la tecnología moderna de telefonía celular.

La demanda fue presentada en 2015 en un tribunal federal de California por el residente de Montana Noah Duguid, quien dijo que Facebook le envió muchos mensajes de texto automáticos sin su consentimiento. La demanda acusó a Facebook, con sede en Menlo Park, California, de violar la restricción de la Ley de Protección al Consumidor Telefónico sobre el uso de un sistema automático de marcación telefónica.

Facebook dijo que los mensajes relacionados con la seguridad, que se activan cuando los usuarios intentan iniciar sesión en sus cuentas desde un nuevo dispositivo o navegador de Internet, estaban vinculados a los números de teléfono celular de los usuarios.

"Como reconoció el tribunal, las disposiciones de la ley nunca tuvieron la intención de prohibir a las empresas enviar notificaciones de seguridad específicas y la decisión del tribunal permitirá que las empresas sigan trabajando para mantener seguras las cuentas de sus usuarios", dijo Facebook en un comunicado.

Sergei Lemberg, el abogado de Duguid, dijo que cualquiera puede mantenerse al margen de la ley siempre que utilice una tecnología similar a la de Facebook.

"Esta es una decisión decepcionante para cualquiera que tenga un teléfono celular o valore su privacidad", agregó Lemberg.

En este caso, la demanda afirmó que el sistema de Facebook que enviaba mensajes de texto automatizados era similar a un sistema de marcación automática tradicional, conocido como marcador automático, que se utiliza para enviar llamadas automáticas.

"La disputa de Duguid es con el Congreso, que no definió un marcador automático tan maleablemente como le hubiera gustado", escribió Sotomayor en el fallo.

La ley requiere que el equipo utilizado debe utilizar un "generador de números aleatorios o secuenciales", pero el tribunal concluyó que el sistema de Facebook "no utiliza dicha tecnología", agregó Sotomayor.

Duguid dijo que Facebook le envió repetidamente notificaciones de inicio de sesión de la cuenta por mensaje de texto a su teléfono celular a pesar de que no era un usuario de Facebook y nunca lo había sido. A pesar de los numerosos esfuerzos, Duguid dijo que no pudo evitar que Facebook lo “robotexte”.

Facebook respondió que a Duguid probablemente se le había asignado un número de teléfono que se había asociado previamente con un usuario de Facebook que había optado por recibir las notificaciones.

Un juez federal desestimó la demanda, pero en 2019 la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de EE. UU. Con sede en San Francisco la revivió. El Noveno Circuito adoptó una visión amplia de la ley, diciendo que no solo prohíbe los dispositivos que marcan automáticamente números generados aleatoriamente, sino también números almacenados que no se generan aleatoriamente.

La Asociación Nacional de Cooperativas de Crédito con Seguro Federal dijo que la decisión "de interpretar de manera estricta los marcadores automáticos es una victoria para la industria de las cooperativas de ahorro y crédito".

“Hemos luchado durante mucho tiempo por esta claridad para garantizar que las cooperativas de ahorro y crédito puedan comunicarse con sus miembros con información financiera importante y urgente sin temor a violar la TCPA y enfrentar juicios frívolos”, dijo la asociación en un comunicado.

Reporte de Andrew Chung en Nueva York y Lawrence Hurley y David Shepardson en Washington; Editado por Will Dunham

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